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Jota Vaquerizo@JotaVaquerizo · Aug 25, 2026

Ayer, en el salón de una vivienda de la calle Francisco Umbral, un sonómetro marcó 102,7 decibelios de media, con…

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Summary

Un circuito de automovilismo en Madrid ha generado niveles de ruido de 102-109 decibelios en viviendas residenciales, casi 27 veces más fuerte que el límite legal de 55 decibelios. La administración conocía de antemano que era imposible cumplir los límites legales, por lo que suspendió temporalmente la ley de ruido, una medida que puede violar derechos fundamentales de privacidad y domicilio reconocidos por la Constitución y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Summarized by ThreadOut AI from the full thread. May miss nuance — read the thread below.

  1. #1

    Ayer, en el salón de una vivienda de la calle Francisco Umbral, un sonómetro marcó 102,7 decibelios de media, con máximos de 107,7 y picos de 109,1. El límite legal en zona residencial es 55. Esto no es una anécdota de vecinos molestos. Es un problema jurídico serio. Abro hilo 🧵

    David Fernández@dfernandez1975 · Aug 24, 2026

    Llega la Fórmula 1 a Madrid. Los vecinos han medido hoy (en pruebas de vehículos de Fórmula 3) máximos de 107,7 y picos de 109,1 decibelios. El nivel máximo que permite la ley en zonas residenciales es de 55. "Es 27 veces superior teniendo en cuenta la sensibilidad del oído".

  2. #2

    Primero, la escala. Los decibelios son logarítmicos. Un perito me lo ha bajado a tierra. 47,7 dB de diferencia sobre el límite equivalen a unas 59.000 veces más energía sonora. Y se perciben aproximadamente 27 veces más fuerte. No es “un poco más de ruido”. Es otro orden de magnitud.

  3. #3

    Segundo, el contexto. Las viviendas de Francisco Umbral están a 34 metros del trazado. Y lo que se midió ayer fue Fórmula 3, la categoría menos ruidosa de las que van a rodar allí. En septiembre llega la Fórmula 1.

  4. #4

    Tercero, y esto es lo importante: nada de esto ha sido una sorpresa. IFEMA reconoció por escrito, en su propio informe, que sería imposible reducir los niveles de ruido transmitidos por debajo de los límites legalmente establecidos. Lo sabían. Lo pusieron en un papel.

  5. #5

    La declaración de impacto ambiental de la Comunidad asumió esa premisa y señaló la salida: el Ayuntamiento tendría que suspender los niveles de calidad acústica previstos en la Ley del Ruido. Sin esa suspensión, el proyecto habría ido a evaluación ambiental ordinaria. La excepción acústica no fue un parche a un problema sobrevenido en la recta final. Fue la condición de posibilidad del calendario. Sin suspender la ley del ruido no había Gran Premio en septiembre de 2026. Había otro procedimiento, otra evaluación y otros plazos.

  6. #6

    El mecanismo existe y es legal. Artículo 9 de la Ley 37/2003, del Ruido. Permite dejar en suspenso temporalmente los objetivos de calidad acústica con motivo de actos de especial proyección oficial, cultural, religiosa o de naturaleza análoga. Pero no es un cheque en blanco. Exige valoración previa de la incidencia acústica. Exige acreditar en estudio acústico que los objetivos no pueden cumplirse pese a aplicar todas las medidas técnicamente posibles. Y exige que se acuerde con condiciones, con carácter temporal y sobre áreas determinadas.

  7. #7

    En el plano municipal rige el artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica de 2011: permite modificar o suspender temporalmente los niveles máximos del artículo 15, por razones de interés general o especial significación ciudadana, a petición de los organizadores y previa valoración de su incidencia acústica. Tres palabras se repiten en ambas normas y definen el estándar: previa, valoración, incidencia.

  8. #8

    Hay precedente municipal publicado: el MADO. Acuerdo de Junta de Gobierno. Informe previo del Departamento de Control Acústico. Y autorización acotada a eventos, días y periodos horarios específicamente previstos. Ese es el estándar que la propia casa se ha dado a sí misma: título expreso, informe técnico que lo precede y delimitación estricta de qué, cuándo y dónde.

  9. #9

    Pero suspender los objetivos de calidad acústica desactiva un estándar reglamentario. No desactiva un derecho fundamental. El artículo 18.2 de la Constitución no se suspende por acuerdo de Junta de Gobierno.

  10. #10

    El Tribunal Europeo de Derechos Humanos lleva veinte años diciéndolo en asuntos contra España. Moreno Gómez. Cuenca Zarzoso. El ruido excesivo tolerado por la administración vulnera el artículo 8 del Convenio, que protege la vida privada y el domicilio. Y el Estado responde por esa tolerancia, no solo el que emite. Hay además precedente cercano: un juzgado anuló la licencia del Circuito del Jarama tras la denuncia de vecinos que acreditaban contaminación acústica sostenida por encima de 90 decibelios. Noventa. Ayer se midieron 109 de pico. Con Fórmula 3.

  11. #11

    Tengo la impresión de que el Ayuntamiento no se está blindando con la suspensión acústica. Se está preconstituyendo una responsabilidad patrimonial. Porque el vecino que sufre la inmisión no tiene el deber jurídico de soportarla por el hecho de que un acuerdo municipal haya desactivado un límite reglamentario. Y esa factura la pagamos todos los madrileños, no el promotor.

  12. #12

    Y termino con lo útil, porque indignarse no acredita nada. Si vives en el entorno del circuito, esto es lo que sirve el fin de semana del 11 al 13 y lo que no. No sirve grabar con el móvil. No sirve una app de decibelios. No sirve medir solo en la calle. Sirve un sonómetro de clase 1 con verificación metrológica en vigor, calibrado antes y después de cada medición, y midiendo en el interior de la vivienda.

  13. #13

    ¿Por qué dentro de casa? Porque el bien jurídico protegido es el domicilio, el espacio íntimo de la vida familiar. El procedimiento está en el Real Decreto 1367/2007: registrar niveles equivalentes y máximos, con fecha, hora, ubicación exacta, altura de medición y condiciones. Una medición mal hecha no vale nada ante un juzgado, por escandalosa que sea la cifra. Si es posible, acta notarial de presencia: que el notario dé fe de la calibración, de las lecturas y de la hora. Cuesta poco y convierte un dato vecinal en prueba difícil de desmontar.

  14. #14

    Y avisad al servicio municipal de control acústico. Los tres días, no solo el domingo. Anotad el número de incidencia. Sin número no hay rastro. Si acuden y miden, tenéis acta oficial. Si no acuden, tenéis su inactividad documentada. Las dos cosas sirven.

  15. #15

    Registrad además el aviso por escrito ese mismo día, en sede electrónica, pidiendo tres cosas: 1) Inspección con medición en el interior del domicilio. 2) Copia del acta que se levante. Identificación del título administrativo que ampara la emisión y su alcance temporal. Obliga a la administración a decir por escrito qué papel justifica meter 109 decibelios en el salón de un vecino. Si contestan, tenemos el documento. Si no contestan, tenemos el silencio. Ambos son impugnables.

  16. #16

    Nadie de los que estamos en esto está en contra de que Madrid tenga grandes eventos. Estamos en contra de que se organicen suspendiendo la ley que protege el descanso de quien vive a 34 metros, y llamando excepción a lo que se planificó durante dos años.

  17. #17

    Nota final. Un par de respuestas me apuntan que la F1 es menos ruidosa que la F3. Sí, la F1 híbrida suena menos que un F3. Es cierto. Pero la F3 vuelve el fin de semana del GP, con formato ampliado. Lo de ayer no es una previsión, es el suelo. Sumamos F1, F2, F3, 110.000 personas, megafonía y tres días. En acústica no manda el pico de un coche, manda el nivel sostenido.