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Jota Vaquerizo@JotaVaquerizo · Aug 21, 2026

Así se construye un sueldo público por la puerta de atrás después de dejar el cargo. Tres expresidentes cobrarán 750…

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Summary

Tres expresidentes madrileños cobran 750 euros por asistir a reuniones en la Comisión Jurídica Asesora sin derecho a voto ni constancia de su aportación en actas. La Administración cambió la denominación legal de "retribución" a "indemnización" para justificar el pago como gastos, aunque no hay gasto que resarcir ni dedicación exclusiva que compensar.

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  1. #1

    Así se construye un sueldo público por la puerta de atrás después de dejar el cargo. Tres expresidentes cobrarán 750 euros por sentarse en una reunión donde no tienen voto, sin justificar ni un euro de gasto. Hilo 🧵

    EL PAÍS@el_pais · Aug 21, 2026

    🔴 Ayuso nombra a Gallardón, Aguirre y Cifuentes para un puesto consultivo por el que optan a cobrar decenas de miles de euros al año elpais.com/espana/madrid/…

  2. #2

    Los hechos. En julio, el Consejo de Gobierno nombró a Ruiz-Gallardón, Aguirre y Cifuentes vocales electivos de la Comisión Jurídica Asesora. Cobran por cada pleno al que acuden. La versión oficial es que el cargo no está remunerado. La ley y el reglamento no dicen lo mismo.

  3. #3

    Artículo 3 bis.2 de la Ley 7/2015, en la redacción dada por la Ley 16/2023 y aprobada por la Asamblea de Madrid: los vocales electivos tendrán derecho “como retribución” a los abonos que se fijen por la asistencia efectiva a las sesiones del Pleno. La palabra retribución es del legislador.

  4. #4

    Un año después, el Decreto 100/2024, reglamento del propio Gobierno, convierte esa retribución en “indemnización por razón del servicio”. La memoria económica lo admite: el proyecto “únicamente añade que esos abonos tendrán la naturaleza de indemnizaciones por razón del servicio”. La recalificación no viene de la ley. La puso la Administración.

  5. #5

    No es un matiz de vocabulario. Una indemnización resarce un gasto. Una retribución paga un trabajo. Sobre esa palabra cambiada por vía reglamentaria descansa todo el discurso de que esto es gratis.

  6. #6

    Por eso el funcionario del primer tuit presenta el ticket. Y aquí no lo presenta nadie: cantidad fija de 750 euros por sesión, idéntica para todos, cobre quien viva a diez minutos o a cuarenta kilómetros. 45 reuniones. 33.000 euros al año.

  7. #7

    La norma cierra además la otra justificación posible: dice expresamente que los vocales electivos no tienen dedicación exclusiva. No se les compensa ninguna renuncia profesional, porque no renuncian a nada.

  8. #8

    Sin gasto que resarcir y sin dedicación que compensar, la palabra indemnización se queda sin objeto. Lo que queda es una cantidad que se devenga por estar presente.

  9. #9

    ¿Y qué peso tiene esa presencia? Asisten “en calidad de expertos, con voz pero sin voto”. No deciden. Y la memoria del decreto subraya que no computan a efectos de quórum ni para la adopción de acuerdos.

  10. #10

    Hay un tercer elemento interesante. Durante la tramitación, el informe de coordinación y calidad normativa propuso que la opinión de los vocales electivos constara en las actas del Pleno. Se rechazó. Ni votan ni consta en acta su aportación.

  11. #11

    Ven expedientes completos de contratos y responsabilidad patrimonial, intervienen en la deliberación, y de lo que dicen no queda constancia escrita. Sin acta no hay trazabilidad, y sin trazabilidad no hay forma de controlar si alguien influyó en un dictamen concreto. Ni de examinar posibles conflictos de interés.

  12. #12

    La memoria dice también responde que no se incorpora “la previsión anual de sesiones y el coste aproximado” porque se desconocía cuántos vocales habría y en cuántas sesiones intervendrían. Sobre esa base se declaró que la norma no tenía impacto significativo, se tramitó como memoria ejecutiva y se prescindió del trámite de consulta pública.

  13. #13

    En ese expediente la cuantía propuesta era de 459 euros por sesión. Es la única cifra que la Comunidad ha justificado en un documento público. Hoy se publica que la cuantía definitiva es de 750 euros. Entre una y otra hay un incremento del 63%.

  14. #14

    Ese salto no se produce en el decreto, que se sometió a audiencia pública y tiene expediente. Se produce en una orden posterior de la Consejería de Hacienda, que la fija sin trámite de participación y que no he encontrado publicada de forma accesible.

  15. #15

    Un 63% de diferencia respecto de lo que la propia Administración había calculado necesita una explicación y nueva memoria económica. Esa explicación, si existe, está en el expediente de la orden. Y ese expediente no es público.

  16. #16

    Recapitulando: una figura creada en una ley de simplificación administrativa, una palabra cambiada en un reglamento, una cuantía fijada en una orden sin trámite público y un número de sesiones que nadie publica. Cuatro piezas menores, ninguna llamativa por separado.

  17. #17

    Dejan el cargo y siguen viviendo de la nómina pública en un órgano consultivo en el que no tienen voto y en cuyas actas no aparecen su aportaciones.