🚨 El Gobierno de @ABDELAESPRIELLA autorizó operaciones militares conjuntas con Estados Unidos en territorio…
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🚨 El Gobierno de @ABDELAESPRIELLA autorizó operaciones militares conjuntas con Estados Unidos en territorio colombiano sin consultar previamente al @consejodeestado Ya no es una sospecha. El propio @consejodeestado acaba de confirmárnoslo. Abrimos hilo. 🧵👇
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1/ El 12 de agosto, Pete Hegseth, secretario de Guerra de Estados Unidos, hizo un anuncio gravísimo: aseguró que el presidente Abelardo de la Espriella había autorizado la realización de “operaciones militares conjuntas” con Estados Unidos en Colombia.
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2/ Según Hegseth, Colombia solicitó que el Departamento de Guerra estadounidense se sumara a la lucha contra el “narcoterrorismo” y autorizó operaciones militares conjuntas dirigidas a “destruir terroristas y redes terroristas”. cnnespanol.cnn.com/2026/08/13/col…
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3/ Ante la gravedad del anuncio, desde Temblores ONG le preguntamos al Consejo de Estado algo muy sencillo: ¿El Gobierno Nacional consultó a esa Corporación sobre el ingreso, tránsito, permanencia o participación de tropas extranjeras en Colombia? La respuesta llegó ayer.
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4/ El Consejo de Estado nos respondió que "Entre el 7 de agosto de 2026 y el 7 de septiembre de 2026 no encontró ninguna solicitud del Gobierno relacionada con el ingreso, tránsito, permanencia o participación de tropas extranjeras en Colombia."
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5/ La Constitución es clara: antes de autorizar el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, el Gobierno debe oír al Consejo de Estado. No es una facultad discrecional. Es una obligación expresa establecida en el artículo 237.3 de la Constitución.
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6/ El propio Consejo de Estado respondió algo todavía más importante: su intervención en estos casos es “previa, preceptiva y de carácter preventivo”.
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7/ Es decir: cuando constitucionalmente procede, no es una consulta que el Gobierno pueda hacer después ni un trámite que pueda simplemente omitir. Debe ocurrir antes.
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8/ En la misma respuesta, el Consejo de Estado aclaró que, en el 2020, la presencia temporal de militares extranjeros para asesoría, entrenamiento o capacitación no constituyó tránsito de tropas, ya que no participaron en operaciones militares, ni ejercieron mando, ni portaron 🔫
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9/ Pero lo anunciado ahora por el secretario de Guerra de Estados Unidos es sustancialmente distinto. Hegseth no anunció una misión de capacitación o asesoría. Anunció que el Gobierno colombiano había autorizado “operaciones militares conjuntas” en Colombia.
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10/ Esa diferencia es fundamental. El precedente de 2020 que cita el propio Consejo de Estado excluyó de la exigencia constitucional una misión precisamente porque no participaría en operaciones militares.
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11/ El Gobierno Nacional tiene que explicar inmediatamente cuál es el fundamento constitucional de la autorización anunciada por Hegseth y bajo qué figura pretende permitir la participación de fuerzas estadounidenses en operaciones militares dentro del territorio colombiano.
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12/Si esa autorización supone el ingreso, permanencia o actuación de tropas estadounidenses para participar efectivamente en operaciones militares, no estamos ante una simple misión de cooperación, capacitación o asesoría.
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13/Y el Gobierno no puede utilizar la etiqueta de “cooperación internacional” para eludir los controles que establece la Constitución. Por eso exigimos al presidente Abelardo de la Espriella que explique públicamente:
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14/ Qué tropas ingresarán o permanecerán en Colombia, qué operaciones realizarán, bajo qué mando actuarán, si portarán armas y cuál es el fundamento constitucional que permitió adoptar esa decisión sin intervención previa del Consejo de Estado.
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15/ La lucha contra el narcotráfico no suspende la Constitución. El Presidente no puede desconocer los controles previstos para la presencia de tropas extranjeras ni autorizar operaciones militares a espaldas de la Constitución.
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